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¿Es obligatorio el Protocolo de Acoso Sexual en las empresas?

Igualdad y cumplimiento

¿Es obligatorio el Protocolo de Acoso Sexual en las empresas?

Sí, para todas las empresas

Todas las empresas, con independencia de su tamaño y del número de personas trabajadoras, están obligadas a disponer de medidas y procedimientos para prevenir y actuar frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral.

Esta obligación deriva del artículo 48 de la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. No es un trámite reservado a las grandes compañías: nace con la propia relación laboral.

No lo confundas con el Plan de Igualdad

A diferencia del Plan de Igualdad, que solo es obligatorio para empresas de 50 o más personas trabajadoras, el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo es obligatorio para todas las empresas, incluso micropymes con una única persona trabajadora.

¿Qué debe hacer la empresa?

La normativa exige que la empresa:

  • Promueva un entorno libre de acoso
    Promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
  • Disponga de un procedimiento específico
    Un canal para tramitar denuncias o reclamaciones, con plazos y actuación definida.
  • Garantice confidencialidad y protección
    Asegurar la confidencialidad y la protección de las personas afectadas.
  • Informe y sensibilice a la plantilla
    Dar a conocer estas conductas y el protocolo a todo el equipo.
“El protocolo no se mide por plantilla. Es obligatorio desde la primera persona contratada.

Riesgo de sanción al no disponer del protocolo

No tenerlo expone a la empresa

La ausencia de este protocolo puede dar lugar a actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y a sanciones administrativas, además de incrementar la responsabilidad de la empresa ante posibles situaciones de acoso.

 

Cómo te acompaña Securex RRHH

En Securex RRHH elaboramos, actualizamos e implantamos el Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo adaptado a tu empresa, tu plantilla y tu convenio, con la seguridad jurídica del área de asesoría laboral y legal. Revisamos tu situación, preparamos la comunicación a la plantilla y, si lo necesitas, lo integramos con tu Plan de Igualdad y tus canales internos de denuncia.

Securex RRHH — Asesoría laboral, igualdad y cumplimiento · securexrrhh.com

Contenido informativo, no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Normativa de referencia: artículo 48 de la LO 3/2007 y LO 10/2022.

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