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Huelga general del 11 de noviembre: qué puede y qué no puede hacer tu empresa

Asesoría laboral · Actualidad

Huelga general del 11 de noviembre: qué puede y qué no puede hacer tu empresa

CCOO y UGT han convocado una huelga general de ámbito estatal para el 11 de noviembre. Al margen del debate de fondo, para una empresa la clave es práctica: el derecho de huelga es un derecho fundamental y gestionarlo mal expone a la compañía. Esto es lo que puedes hacer, lo que no, y cómo preparar el día.

Una jornada de huelga pone a prueba a cualquier departamento de RRHH. Hay que mantener la actividad posible, respetar escrupulosamente los derechos de la plantilla y evitar decisiones improvisadas que, con buena intención, acaben siendo ilegales. La diferencia entre una gestión correcta y un problema serio suele estar en los detalles.

11 de noviembre Ámbito estatal Convocan CCOO y UGT Derecho fundamental

Qué se ha convocado y bajo qué marco

La convocatoria es una huelga general de ámbito estatal para el 11 de noviembre de 2026, impulsada por los principales sindicatos. A efectos de gestión, lo relevante no es la plataforma reivindicativa, sino que el derecho de huelga es un derecho fundamental y como tal condiciona lo que la empresa puede y no puede hacer.

Art. 28.2 CE

La Constitución reconoce el derecho a la huelga de las personas trabajadoras para la defensa de sus intereses. Es un derecho fundamental, con la máxima protección.

Marco de ejercicio

Su ejercicio está regulado y la jurisprudencia constitucional lo ha ido perfilando, también en lo relativo a la prohibición de sustituir a quienes secundan la huelga por cualquier medio.

Lo que tu empresa SÍ puede hacer

  • Reorganizar sus recursos ordinarios. Reorganizar la actividad con los medios habituales y dejar documentadas las decisiones.
  • Preparar un plan de contingencia. Informar sobre acceso al centro, movilidad y organización del día.
  • Comunicar información objetiva. Trasladar a plantilla y clientes datos neutros sobre la convocatoria, sin presionar ni condicionar.
  • Fijar servicios de seguridad y mantenimiento. Negociarlos y designar nominalmente a las personas necesarias para preservar instalaciones y reanudar después la actividad.
  • Mantener el centro abierto y controlar la asistencia. Quien quiera trabajar debe poder hacerlo; se registra la asistencia con normalidad.

Lo que tu empresa NO puede hacer

  • Preguntar quién va a secundar la huelga. Indagar sobre la adhesión, antes o durante, vulnera el derecho.
  • Sustituir a los huelguistas con otra plantilla (esquirolaje interno). No se puede encargar su trabajo a otras personas de la empresa.
  • Contratar sustitutos externos (esquirolaje externo). No se puede recurrir a una ETT ni a nuevas contrataciones para cubrir a quienes hacen huelga.
  • Suplir a los huelguistas con tecnología (esquirolaje tecnológico). Reconfigurar sistemas o automatizar funciones de forma improvisada para vaciar la huelga también está prohibido.
  • Tomar represalias. Ni penalizar ni tratar peor a quien secunde la huelga al reincorporarse.
El esquirolaje, en todas sus formas

La jurisprudencia constitucional más reciente ha reforzado que sustituir a los huelguistas por medios técnicos o automatizados vacía el derecho de huelga igual que hacerlo con personas. La improvisación tecnológica del día de la huelga es terreno de riesgo.

“La regla de oro: la empresa puede organizarse con lo que ya tiene, pero no sustituir a quien hace huelga por nadie ni por nada.

Salario, contrato y cotización

Durante la huelga, el contrato de quien la secunda queda en suspenso: no presta servicios y, en consecuencia, no percibe salario por ese tiempo. En la práctica esto se traduce en tres cosas:

  • Descuento proporcional. Se descuenta el salario correspondiente al tiempo real de huelga, ni más ni menos.
  • Situación de alta especial. La persona pasa a alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotizar durante la huelga.
  • Salario íntegro a quien no pueda acceder. Si alguien no puede llegar al centro por causas ajenas a su voluntad, no se le descuenta como si hiciera huelga.

Tu guion para el 11N: antes, durante y después

Antes
  • No preguntar por la adhesión.
  • Comunicar solo información objetiva.
  • Reorganizar recursos y documentarlo.
  • Negociar servicios de seguridad y mantenimiento.
Durante
  • Mantener el centro abierto.
  • No indagar sobre el seguimiento.
  • Registrar la asistencia con normalidad.
  • Nada de sustituciones improvisadas.
Después
  • Reincorporar sin represalias.
  • Ajustar el descuento al tiempo real.
  • Tramitar el alta tras la huelga.
  • Revisar qué mejorar para la próxima.
 

Una huelga bien gestionada no va de «ganar» a la plantilla, sino de cumplir la ley y proteger a la empresa de reclamaciones. Anticiparse, con criterio laboral, es lo que marca la diferencia entre un día tenso y un problema que se alarga.

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Contenido informativo, no constituye asesoramiento jurídico individualizado. Confirma los detalles de la convocatoria y los servicios mínimos aplicables a tu sector.

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