Registro horario digital y transparencia retributiva: qué está en vigor y qué todavía no
Ni el registro horario digital ni la nueva transparencia retributiva están en vigor. Las obligaciones de base, sí.
Las dos reformas siguen sin publicarse en el BOE, pero hoy ya tienes que registrar la jornada y llevar el registro retributivo.
Son dos de las reformas laborales más comentadas del año y también dos de las que más confusión generan. Entre anuncios, borradores y titulares, es fácil pensar que ya son obligatorias o, al revés, que hasta que lleguen no hay nada que hacer. Te contamos en qué punto está cada una, qué exige la normativa vigente y cómo prepararte sin adelantar obligaciones que todavía no existen.
Registro horario digital: un año de tramitación
El Gobierno separó el registro horario de la reforma de la jornada de 37,5 horas cuando esta decayó en el Congreso, y decidió sacarlo adelante por real decreto, sin pasar por las Cortes. Este es el recorrido hasta hoy:
- Septiembre 2025El Consejo de Ministros acuerda tramitar por vía urgente un real decreto específico de registro de jornada.
- Marzo 2026El Consejo de Estado emite un dictamen desfavorable al proyecto y obliga a revisar el texto.
- Julio 2026Trabajo y Economía acuerdan dejar su aprobación para después del verano.
- Septiembre 2026Trabajo anuncia que lo aprobará de forma inmediata, pero el mes se cierra sin que llegue al Consejo de Ministros.
El proyecto plantea que el registro sea exclusivamente digital, personal, no manipulable y accesible en remoto para la Inspección de Trabajo. Pero hasta que se publique el texto definitivo, esos requisitos pueden cambiar.
Lo que sí es obligatorio hoy
La obligación de registrar la jornada no es nueva: existe desde 2019 y sigue plenamente vigente, con independencia de cuándo llegue el formato digital.
La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.
Estatuto de los Trabajadores, artículo 34.9Los registros deben conservarse durante cuatro años y estar a disposición de las personas trabajadoras, de su representación legal y de la Inspección. Hoy el sistema puede ser en papel, en hoja de cálculo o digital, siempre que sea fiable.
Transparencia retributiva: el plazo europeo ya ha vencido
La Directiva (UE) 2023/970 refuerza la igualdad retributiva entre mujeres y hombres a través de la transparencia salarial. Su plazo de transposición era claro:
Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva a más tardar el 7 de junio de 2026.
Directiva (UE) 2023/970, artículo 34.1España no llegó a tiempo. El Ministerio de Trabajo abrió la consulta pública en primavera y, en agosto, sacó a audiencia pública un proyecto de real decreto que modifica el Real Decreto 902/2020 de igualdad retributiva. A día de hoy sigue sin aprobarse, y el texto final puede ir más allá de los mínimos de la directiva.
Lo que trae la directiva
| Medida | Qué establece la directiva |
|---|---|
| Antes de contratar | Informar a los candidatos de la retribución inicial o la banda retributiva del puesto, por ejemplo en la oferta de empleo. |
| Historial salarial | Se prohíbe preguntar a los candidatos por lo que cobran o cobraban en empleos anteriores. |
| Criterios retributivos | Poner a disposición de la plantilla los criterios para fijar la retribución, los niveles y la progresión, que deben ser objetivos y neutros. |
| Derecho a la información | Cualquier persona puede pedir su nivel retributivo y la media por sexo de quienes hacen un trabajo igual o de igual valor. Respuesta en un máximo de dos meses. |
| Informes de brecha | 250 o más personas: cada año desde junio de 2027. De 150 a 249: cada tres años desde junio de 2027. De 100 a 149: cada tres años desde junio de 2031. |
| Evaluación conjunta | Con la representación de los trabajadores, si hay una diferencia de al menos el 5% en una categoría que no se justifique ni se corrija en seis meses. |
Ningún empleador podrá hacer a los solicitantes preguntas sobre su historial retributivo en sus relaciones laborales actuales o anteriores.
Directiva (UE) 2023/970, artículo 5.2Lo que sí es obligatorio hoy
España ya cuenta con una base propia. Todas las empresas deben tener un registro retributivo con los valores medios desglosados por sexo, y las que tienen plan de igualdad deben incluir una auditoría retributiva. Además, el Estatuto ya fija un umbral de justificación:
Cuando en una empresa con al menos cincuenta trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un veinticinco por ciento o más […] el empresario deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.
Estatuto de los Trabajadores, artículo 28.3
Mitos y realidades
No. El real decreto sigue sin aprobarse. Lo obligatorio es registrar la jornada diaria con un sistema fiable.
El registro retributivo, la auditoría ligada al plan de igualdad y la justificación del 25% siguen vigentes.
La directiva fija junio de 2027 como primer plazo para las empresas de 150 o más personas, con los datos del año natural anterior.
Ordenar datos, revisar la valoración de puestos o elegir un sistema de registro de jornada lleva tiempo, y sirve con independencia del texto final.
Cómo prepararte sin precipitarte
- Revisa tu registro de jornada actual. Que sea diario, recoja inicio y fin de cada persona y se conserve cuatro años.
- Si vas a cambiar de sistema, piensa en digital. Un sistema trazable y accesible te dejará mejor situado cuando llegue la reforma.
- Actualiza el registro retributivo con datos fiables y desglosados por sexo, categoría y concepto.
- Documenta tus criterios salariales. Bandas, complementos y reglas de progresión, por escrito y con criterios objetivos.
- Revisa tus procesos de selección. Ofertas con lenguaje neutro y entrevistas sin preguntas sobre el salario anterior.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entrará en vigor el registro horario digital?
No hay fecha. Primero tiene que aprobarse en Consejo de Ministros y publicarse en el BOE, y el texto fijará su propio plazo de adaptación.
¿Puedo seguir registrando la jornada en papel?
Hoy sí, siempre que el registro sea fiable y recoja el horario concreto de inicio y fin de cada persona.
¿Ya tengo que poner el salario en las ofertas de empleo?
Es una obligación de la directiva, pero en España todavía no se ha aprobado la norma que la incorpora. Conviene ir adaptando los procesos.
¿Mi empresa tiene menos de 100 personas. Me afecta la transparencia retributiva?
Sí en parte. Los informes de brecha empiezan en las 100 personas según la directiva, pero la información a candidatos y el derecho a la información afectan a todas las empresas. Además, el registro retributivo ya es obligatorio para todas.